martes, 13 de diciembre de 2011

Órganos colegiados y unipersonales de gobierno escolar

En esta nueva entrada del blog comenzamos con la estructura interna y los órganos y equipos de gobierno que forman los centros docentes de nuestro entorno. Iré profundizando en el tema en entradas que publicaré durante estos días para completar el análisis de este amplio tema.

Los centros de Educación primaria tienen una estructura interna que hace posible que el colegio funcione y lleve todo su potencial académico y administrativo a su mayor exponente. Como decimos, los órganos de gobierno de un colegio se dividen en:

- Órganos colegiados de gobierno: Consejo Escolar, claustro de profesores, equipos de ciclo, comisión de coordinación pedagógica, equipo de normalización lingüística, etc.

- Órganos unipersonales de gobierno: Son el director, el jefe de estudios y el secretario del centro.

Ambos colectivos han de cumplir una serie de funciones, como son:

Velar por el desarrollo de las actividades acorde con los principios y valores de la Constitución, por la realización de los fines de la educación, establecidos en las leyes y en las disposiciones vigentes, y por la calidad de la enseñanza.
También garantizarán el ejercicio de los derechos reconocidos a los alumnos, profesores, padres de alumnos y personal de administración y velarán por el cumplimiento de los deberes correspondientes. Asimismo, favorecerán la participación efectiva de todos los miembros de la Comunidad Educativa en la vida del centro, en su gestión y en su evaluación.

En las siguientes entradas, iré detallando las funciones y comportamiento de cada uno de estos órganos, y la responsabilidad que cada uno posee dentro del centro docente.

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